Comisión de Acusación ordena suspensión provisional de Gustavo Petro por presunta participación en política

Comisión de Acusación ordena suspensión provisional de Gustavo Petro por presunta participación en política

Un auto de sustanciación emitido por la Comisión Legal de Investigación y Acusación de la Cámara de Representantes ordenó la suspensión provisional del presidente Gustavo Petro dentro de una investigación relacionada con una presunta intervención en política.

De acuerdo con el documento identificado con el radicado 7525 y fechado el 10 de junio de 2026, la medida fue adoptada por la representante investigadora Gloria Elena Arizabaleta Corral en el marco de una actuación disciplinaria adelantada contra el jefe de Estado.

Según el expediente, la investigación se origina por una presunta falta gravísima relacionada con intervención en política, contemplada en el artículo 60, numerales 1 y 2 de la Ley 1952 de 2019. En el auto se señala que la suspensión provisional es una medida cautelar que busca evitar una posible interferencia del investigado en el proceso mientras avanzan las actuaciones correspondientes.

La decisión ordena suspender provisionalmente a Gustavo Francisco Petro Urrego del ejercicio de su cargo como Presidente de la República hasta las 4:00 p. m. del 21 de junio de 2026. Asimismo, dispone la notificación personal al mandatario y la comunicación de la medida al Departamento Administrativo de la Presidencia de la República para su cumplimiento.

El documento también establece que la decisión debe ser comunicada al Ministerio Público y advierte que contra la medida no procede recurso, al considerarse una determinación de trámite dentro del proceso disciplinario.

En la argumentación jurídica se cita el artículo 217 de la Ley 1952 de 2019, que permite la adopción de medidas cautelares cuando existan elementos que indiquen que la permanencia del investigado en el cargo podría facilitar la continuación o reiteración de la conducta investigada o afectar el desarrollo de la investigación.

La decisión ha generado reacciones y debate sobre el alcance de las facultades de la Comisión de Investigación y Acusación frente al Presidente de la República, así como sobre la legalidad y los efectos de una medida de esta naturaleza dentro del ordenamiento constitucional colombiano.